25-04-2024 Marcos evangelista
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20.08.2020
El límite máximo en los velatorios y entierros es de 30 personas

La nueva Orden mantiene el aforo a los lugares de culto en el 75%

La Orden de la Consejera de Salud que se publicó ayer, 19 de agosto, en el Boletín Oficial del País Vasco mantiene que la asistencia a lugares de culto tanto para misas, ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas, no podrá superar el 75% de aforo. En cuanto a los enterramientos y comitivas de las personas fallecidas, se reduce el número máximo de asistentes de 60 (Orden del 28 de julio) a 30 personas. Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla, aunque se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.    

 El Vademecum publicado por la Diócesis de Bilbao con motivo de la `nueva normalidad´ se actualiza a  raiz de las nuevas disposiciones publicadas ayer por el Gobierno Vasco.

 ·         ¿Se pueden celebrar funerales y exequias?

SÍ, respetando siempre la normativa de aforo  del 75%  y el resto de condiciones aplicables al culto público.

Hay que insistir en el mantenimiento de la distancia interpersonal, en el uso obligatorio de mascarillas  y en que deben evitarse las muestras de afecto que requieran contacto físico.   

·         ¿Se pueden celebrar velatorios?
 

SÍ.  Tal y como refleja la Orden de la Consejería de Salud del 19 de Agosto, Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, debidamente habilitadas, con un límite máximo de 30 personas en espacios al aire libre   o en espacios cerrados, sean o no convivientes. Dicho número máximo de asistentes se computará de modo simultáneo o no simultáneo, con lo que en ningún caso podrá asistir a dicho velatorio un número mayor de personas que el indicado. Caso de que el número de asistentes sea inferior, no se podrá superar el 60% del aforo permitido. 

·         .¿Cómo debe realizarse la comitiva?

Según la Orden del 19 de agosto, La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de   la persona fallecida, siempre que se haga en espacio abierto, se restringe a un máximo de 30 personas, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida de la persona difunta. En el caso de que se celebre en espacio cerrado, se respetará en todo momento un 60% del aforo máximo permitido, manteniéndose en todo caso la distancia de seguridad interpersonal. 

·         Donde se celebren funerales con cuerpo presente, ¿cómo proceder?
El féretro solo puede ser tocado por los técnicos de la funeraria. Los familiares y demás asistentes deben abstenerse de hacerlo.

Eucaristía en memoria de las víctimas celebrada en la catedral de Santiago