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02.05.2016

¿Para qué voy a aportar a la Iglesia?

Es una de las preguntas que realizan algunos contribuyentes cuando tienen que realizar la declaración de la renta. Ayer, día 2 de mayo, comenzó el plazo para presentar las declaraciones relativas al 2015. El periodo finalizará el 30 de junio. Como en otras ocasiones, el área de Economía de la Diócesis anima a las personas contribuyentes a destinar la asignación tributaria a la Iglesia Católica y recuerdan que se puede marcar la casilla A ó la C. He aquí algunas de las tres preguntas más recurrentes sobre cuestiones económicas con sus respectivas respuestas.

1. ¿Para qué voy a aportar si la Iglesia se financia a través del Estado?
No hay ninguna asignación en los Presupuestos Generales del Estado para el sostenimiento de la Iglesia.
La Diócesis de Bilbao percibe 3,2 millones de euros que sirven para financiar parte del presupuesto diocesano (35 millones de euros) y proceden de las personas declarantes que deciden poner la X a favor de la Iglesia. Los demás ingresos proceden directamente de las colectas que se realizan en las parroquias, los donativos, las suscripciones etc.
2. Pero si la Iglesia tiene un gran patrimonio ¿Por qué voy a darle dinero?
Gran parte del patrimonio de la Iglesia lo constituyen los templos y otros edificios históricos que se han construido con las aportaciones de los fieles y que cumplen una función religiosa, a la vez que constituyen una riqueza cultural que la Iglesia está conservando para beneficio de toda la sociedad. Todos los bienes están destinados a cumplir la misión de la Iglesia, que consiste en evangelizar, celebrar sacramentos y ayudar a las personas necesitadas.
3. Dicen que la Iglesia se está apropiando o adueñando de edificios y templos que no son suyos. ¿Es cierto?
No. Nadie puede inscribir bienes que ya estén registrados a nombre de un propietario, incluyendo el estado, las comunidades autónomas y los municipios. La inmatriculación de los bienes inmuebles tiene su origen en la voluntad del legislador de conocer tanto su existencia como sus propietarios, por dos razones principales: dotar de seguridad jurídica a las operaciones realizadas con dichos bienes y contar con un instrumento de política fiscal. Por lo que respecta a la Iglesia de Bizkaia la práctica habitual ha sido la de procederá la inmatriculación de bienes sólo cuando estos habían de ser objeto de transmisión o necesitaban dotarse de seguridad jurídica en algunos casos de arrendamientos o cesiones de uso etc., para lo que debían estar registrados.